Acerca de

La Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad de México, es la instancia responsable de garantizar el ejercicio pleno de los derechos culturales de quienes habitan o transitan por la Ciudad, promover el desarrollo de la identidad cultural de las personas, asegurar que se respete la diversidad de sus modos de expresión, su memoria y su conocimiento tradicional, así como asegurar la accesibilidad y enriquecer la calidad de las manifestaciones culturales, con base en los principios democráticos de igualdad, libertad, tolerancia y pluralidad. (Artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad De México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 13 de diciembre de 2018).

Misión
Garantizar el ejercicio de los derechos culturales de los habitantes de la Ciudad de México mediante el diseño y desarrollo de políticas públicas, así como a través de la coordinación y ejecución de acciones con la participación activa de las comunidades, para fomentar el desarrollo cultural de la ciudadanía y contribuir a la sostenibilidad y el cuidado del patrimonio de la ciudad.

Visión
Ser la instancia rectora de la política cultural en la Ciudad de México, para que sea un territorio de libertades plenas y un ejemplo en el cumplimiento de los derechos culturales de sus habitantes; aplicar con eficacia y eficiencia las políticas públicas vinculadas al desarrollo cultural para contribuir al fortalecimiento de la identidad y al bienestar social de las y los ciudadanos y así lograr una sociedad más humanitaria, responsable, participativa, solidaria y consciente del valor de su patrimonio cultural.

Conforme a la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México, la Secretaría de Cultura tiene la obligación de desarrollar y observar los objetivos siguientes:  

I. Formular la política cultural de la Ciudad reconociendo a creadores culturales, promotores de la cultura y los públicos, así como diseñar y normar las políticas, programas, proyectos y actividades que garanticen a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos culturales;  

II. Apoyar y organizar actividades de investigación, reflexión, formación, capacitación y promoción relativas a la cultura y a la protección de la diversidad de las expresiones culturales en la Ciudad; así como las relacionadas con el desarrollo cultural comunitario, la difusión cultural, la conservación del patrimonio, el acceso a bienes y servicios culturales y la cooperación cultural;  

III. Crear, estimular, conservar, adecuar y administrar espacios y establecimientos culturales, tales como centros y casas de cultura, escuelas, bibliotecas, centros de capacitación o investigación, museos, salas de exposición, medios de comunicación, imprentas y editoriales, entre otros, pudiendo contar con el apoyo de instituciones públicas y privadas, mediante la generación de soportes técnicos, materiales y financieros, de acuerdo a la normatividad correspondiente;   

IV. Establecer programas de capacitación y profesionalización en materia cultural;   

V. Otorgar estímulos, premios y reconocimientos a personas morales o físicas por su contribución a la cultura en la Ciudad, a partir de convocatorias públicas y otros mecanismos de participación;   

VI. Promover o gestionar, de acuerdo al ámbito de su competencia, becas a personas estudiantes, artistas y promotoras culturales;   

VII. Otorgar capacitación sobre igualdad de género y no discriminación, en coordinación con dependencias especializadas en la materia a las y los artistas, personas integrantes de los colectivos y personas gestoras culturales;

VII BIS. Elaborar protocolos, lineamientos, guías, y cualquier otro instrumento orientado a garantizar la igualdad de género y no discriminación en los proyectos, programas y recintos que se encuentren a cargo de las autoridades en materia cultural;  

VIII.    Reconocer a las agrupaciones culturales provenientes de la sociedad civil y apoyar su participación en programas gubernamentales en el uso y acceso a establecimientos culturales públicos o comunitarios;   

IX.       Procurar acciones de edición y difusión local que impulsen la reproducción de obras cuyo mérito cultural deba ser reconocido, incluyendo la participación de las empresas culturales;  

X.       Dotar de recursos humanos y materiales para el óptimo funcionamiento de los espacios culturales que se encuentren bajo la jurisdicción del Gobierno de la Ciudad;  

XI.        Fomentar la creación, ampliación y adecuación de la infraestructura artística y cultural en la Ciudad;   

XII.   Generar programas y acciones específicas para grupos de atención prioritaria, promoviendo el acceso a los bienes y servicios culturales y el ejercicio pleno de sus derechos culturales;   

XIII.   Apoyar entre los habitantes de la Ciudad, la creación artística y su desarrollo a nivel comunitario y vecinal;  

XIV.    Impulsar programas que enaltezcan los valores cívicos y sociales en la Ciudad;  

XV.   Promover el conocimiento de las diferentes expresiones de la cultura universal, así como generar acciones de cooperación cultural y participación en organismos internacionales especializados;  

XVI.   Difundir los servicios culturales que proporciona el Gobierno de la Ciudad, así como organizar eventos culturales gratuitos en el espacio público y en medios digitales en los que participen el mayor número posible de personas;   

XVII.  Fomentar y difundir las manifestaciones y expresiones culturales de los pueblos y barrios originarios de la Ciudad de México, tales como ferias, festivales, fiestas, celebraciones, carnavales, tradiciones y costumbres;  

XVIII. Proveer de educación y formación artística gratuita y de calidad a la población de la Ciudad, a través de programas específicos y con énfasis en los grupos de atención prioritaria, y   

XIX.    En lo correspondiente al desarrollo de la cinematografía en la Ciudad, se fomentará la actividad del sector cinematográfico a través del Fideicomiso para la Promoción y Desarrollo del Cine Mexicano en la Ciudad de México, PROCINECDMX.  



Titular

Ana Francis López Bayghen Patiño

Secretaría de Cultura

Teléfonos:
55 1719 3000 ext. ext. 1502


I. Diseñar, de manera participativa, la política cultural de la Ciudad y asegurar la alineación en los procesos de planeación y desarrollo de las políticas públicas en la materia a nivel local; 

II. Definir los canales de interlocución con los diferentes órdenes de gobierno para operar acciones conjuntas en materia cultural en el marco de sus atribuciones; 

III. Concertar acciones de cooperación cultural con organismos e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras que definan los instrumentos, recursos y parámetros, necesarios para alcanzar sus objetivos; 

IV. Planear, desarrollar y promover procesos formativos de iniciación a la educación artística y cultural en las modalidades formal y no formal para favorecer el desarrollo cultural de los habitantes de la Ciudad; 

V. Otorgar estímulos a artistas y promotores culturales, a partir de convocatorias públicas, concursos y otros mecanismos de participación que aseguren los principios de objetividad, imparcialidad, equidad, transparencia y rendición de cuentas; 

VI. Promover esquemas de organización, administración y financiamiento, que permitan lograr la sostenibilidad de las iniciativas de los actores culturales, sus espacios y actividades; 

VII. Promover los procesos de creación artística y su vinculación a nivel local, nacional e internacional; 

VIII. Establecer políticas y proyectos para el desarrollo de la infraestructura cultural de la Ciudad y para el uso y aprovechamiento de los centros y espacios culturales de su competencia; 

IX. Procurar la distribución geográfica y el equilibrio de bienes y servicios culturales en beneficio de los diferentes sectores de la población, de manera particular en los grupos de atención prioritaria; 

X. Estimular la creación y la difusión editorial y fortalecer acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura en la Ciudad; 

XI. Impulsar un esquema de difusión cultural en la Ciudad a partir de la colaboración con todos los órdenes y dependencias de gobierno, instituciones culturales y agentes sociales para lograr los objetivos del Plan General de Desarrollo y del Programa de Gobierno de la Ciudad de México, en lo que a la Secretaría corresponda; 

XII. Desarrollar programas para fortalecer los valores y la cultura cívicos, y concertar acciones con otras instituciones y Dependencias del sector público para robustecer las actividades encaminadas a este fin y fomentar los valores patrios; 

XIII. Promover el conocimiento, respeto, conservación y valoración del patrimonio cultural material e inmaterial de la Ciudad; 

XIV. Fomentar actividades de investigación y protección del patrimonio cultural material e inmaterial de la Ciudad; 

XV. Elaborar estrategias efectivas de comunicación, así como desarrollar herramientas de información  sencillas y de carácter público, para promover las políticas y los servicios culturales que se desarrollan en la Ciudad; 

XVI. Estimular la participación de la ciudadanía en la promoción y divulgación de los proyectos culturales que se desarrollan en la Ciudad; 

XVII. Operar un sistema de información, y sistematización, efectivo y actualizado  con el fin de promover de manera oportuna en medios digitales e impresos la oferta y demanda culturales en la Ciudad al público en general;  

XVIII. Emitir de manera conjunta con la o las Alcaldías de que se trate, la o las declaratorias de protección del patrimonio cultural; 

XIX. En coordinación con las Alcaldías, Dependencias de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad y el Gobierno Federal, establecer un registro y catalogación del patrimonio cultural y natural, conforme lo establecido en la normatividad de la materia; 

XX. Promover y apoyar la participación de organismos, organizaciones sociales, vecinales, instituciones educativas, culturales y de especialistas, en la preservación, protección, conservación, revalorización, restauración, gestión, uso sustentable, disfrute y demás actividades relativas al patrimonio cultural; 

XXI. Ejecutar, de manera conjunta con las autoridades federales competentes y la Secretaría de Medio Ambiente, la legislación correspondiente para conservar y promover los Sitios, Zonas y Manifestaciones Patrimonio de la Humanidad, de conformidad con el orden jurídico mexicano; y 

XXII. Las demás que le confieran las leyes y otros ordenamientos jurídicos.


Estructura orgánica