Secretaría de Cultura | Encargado de Despacho
Información del puesto
I. Diseñar, de manera participativa, la política cultural de la Ciudad y asegurar la alineación en los procesos de planeación y desarrollo de las políticas públicas en la materia a nivel local;
II. Definir los canales de interlocución con los diferentes órdenes de gobierno para operar acciones conjuntas en materia cultural en el marco de sus atribuciones;
III. Concertar acciones de cooperación cultural con organismos e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras que definan los instrumentos, recursos y parámetros, necesarios para alcanzar sus objetivos;
IV. Planear, desarrollar y promover procesos formativos de iniciación a la educación artística y cultural en las modalidades formal y no formal para favorecer el desarrollo cultural de los habitantes de la Ciudad;
V. Otorgar estímulos a artistas y promotores culturales, a partir de convocatorias públicas, concursos y otros mecanismos de participación que aseguren los principios de objetividad, imparcialidad, equidad, transparencia y rendición de cuentas;
VI. Promover esquemas de organización, administración y financiamiento, que permitan lograr la sostenibilidad de las iniciativas de los actores culturales, sus espacios y actividades;
VII. Promover los procesos de creación artística y su vinculación a nivel local, nacional e internacional;
VIII. Establecer políticas y proyectos para el desarrollo de la infraestructura cultural de la Ciudad y para el uso y aprovechamiento de los centros y espacios culturales de su competencia;
IX. Procurar la distribución geográfica y el equilibrio de bienes y servicios culturales en beneficio de los diferentes sectores de la población, de manera particular en los grupos de atención prioritaria;
X. Estimular la creación y la difusión editorial y fortalecer acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura en la Ciudad;
XI. Impulsar un esquema de difusión cultural en la Ciudad a partir de la colaboración con todos los órdenes y dependencias de gobierno, instituciones culturales y agentes sociales para lograr los objetivos del Plan General de Desarrollo y del Programa de Gobierno de la Ciudad de México, en lo que a la Secretaría corresponda;
XII. Desarrollar programas para fortalecer los valores y la cultura cívicos, y concertar acciones con otras instituciones y Dependencias del sector público para robustecer las actividades encaminadas a este fin y fomentar los valores patrios;
XIII. Promover el conocimiento, respeto, conservación y valoración del patrimonio cultural material e inmaterial de la Ciudad;
XIV. Fomentar actividades de investigación y protección del patrimonio cultural material e inmaterial de la Ciudad;
XV. Elaborar estrategias efectivas de comunicación, así como desarrollar herramientas de información sencillas y de carácter público, para promover las políticas y los servicios culturales que se desarrollan en la Ciudad;
XVI. Estimular la participación de la ciudadanía en la promoción y divulgación de los proyectos culturales que se desarrollan en la Ciudad;
XVII. Operar un sistema de información, y sistematización, efectivo y actualizado con el fin de promover de manera oportuna en medios digitales e impresos la oferta y demanda culturales en la Ciudad al público en general;
XVIII. Emitir de manera conjunta con la o las Alcaldías de que se trate, la o las declaratorias de protección del patrimonio cultural;
XIX. En coordinación con las Alcaldías, Dependencias de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad y el Gobierno Federal, establecer un registro y catalogación del patrimonio cultural y natural, conforme lo establecido en la normatividad de la materia;
XX. Promover y apoyar la participación de organismos, organizaciones sociales, vecinales, instituciones educativas, culturales y de especialistas, en la preservación, protección, conservación, revalorización, restauración, gestión, uso sustentable, disfrute y demás actividades relativas al patrimonio cultural;
XXI. Ejecutar, de manera conjunta con las autoridades federales competentes y la Secretaría de Medio Ambiente, la legislación correspondiente para conservar y promover los Sitios, Zonas y Manifestaciones Patrimonio de la Humanidad, de conformidad con el orden jurídico mexicano; y
XXII. Las demás que le confieran las leyes y otros ordenamientos jurídicos.