Sexto Premio de Poesía Joven Alejandro Aura 2019
Descripción del evento
La Secretaría de Cultura de la Ciudad de México a través
de la Dirección de Vinculación Ciudadana
CONVOCA al
Sexto Premio Iberoamericano de Poesía Joven Alejandro Aura 2019
La presente convocatoria queda abierta a partir
del lunes 20 de mayo del 2019 y cierra el viernes 20 de septiembre de 2019
a las 15:00 horas bajo las siguientes:
BASES
REQUISITOS DEL POEMARIO
- Podrán participar autores nacionales o extranjeros residentes en México, entre 14 y 26 años de edad, cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria, que será el viernes 20 de septiembre de 2019 a las 15:00 horas.
- Los poemarios concursantes no deben haber sido premiados con anterioridad ni podrán participar simultáneamente en otro concurso similar.
- Asimismo, los poemarios deberán ser inéditos y estar escritos originalmente en español con una extensión mínima de 20 y máxima de 60 cuartillas. Podrán ser de tema y forma libre, y estar conformados por uno o varios poemas.
REQUISITOS DE ENTREGA
Los poemarios deberán entregarse en un sobre cerrado a nombre de: “Sexto Premio Iberoamericano de Poesía Joven Alejandro Aura 2019”. El título del poemario y el seudónimo de la persona que tiene la autoría deberán anotarse en el sobre, en el cual deberán adjuntarse dos sobres cerrados con las especificaciones de los puntos 5 y 6 de la presente convocatoria:
Dentro de un sobre deberán entregarse los poemarios almacenados en un CD o USB, en formato PDF, tamaño carta y en tipografía Arial 12. En la primera página de esta versión digital deberá anotarse el título del poemario y el seudónimo de la persona que tiene la autoría. No es necesaria la versión impresa.
6. Dentro de otro sobre cerrado deberán incluirse cinco documentos:
A) Una hoja con los siguientes datos: nombre completo, edad, nacionalidad, seudónimo, título de la obra, domicilio, correo electrónico y números telefónicos de contacto.
B) Copia del acta de nacimiento o documento oficial que certifique la edad. En caso de ser extranjero, copia de pasaporte o documento oficial que avale su estancia legal dentro del territorio mexicano.
C) Una cuartilla con un párrafo en el que el autor declara y firma que el poemario es inédito, libre de derechos, no se encuentra participando en otro concurso y que no ha sido premiado con anterioridad.
D)Una carta firmada en la que, en caso de resultar ganador del premio, el concursante cede a título gratuito a la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México los derechos de autor correspondientes para realizar la primera edición de su poemario.
E) El Formato de Protección de Datos Personales (adjunto al final de esta convocatoria), firmada por el participante.
7. En caso de que los participantes sean menores de edad deberán incluir una carta firmada por los padres o tutores, en la cual autorizan la participación en el concurso y la recaudación de los datos personales del menor.
8. Los poemarios deberán enviarse por correo postal o entregarse personalmente a:
“Sexto Premio Iberoamericano de Poesía Joven Alejandro Aura 2019”
Secretaría de Cultura de la Ciudad de México
Dirección de Vinculación Ciudadana / Contenidos Prioritarios
Avenida de la Paz No. 26, 4º piso
Colonia Chimalistac
Delegación Álvaro Obregón
C.P. 01070
Ciudad de México, México
PERIODO DE RECEPCION
9. Los trabajos serán recibidos a partir del momento en el que queda abierta la convocatoria y hasta el cierre de ella. El horario de recepción es de lunes a jueves de 10:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 y los viernes de 10:00 a 15:00.
10. Para los poemarios entregados por correo postal o mensajería, la fecha del matasellos debe ser anterior al viernes 20 de septiembre de 2019 a las 15:00 horas, día del cierre de la convocatoria.
11. No se aceptarán poemarios que sean enviados por correo electrónico y los que no cumplan con los requisitos anteriores serán descalificados automáticamente.
12. El personal que labore en la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México no podrá concursar.
JURADO CALIFICADOR
13. El jurado estará integrado por cinco poetas de reconocida trayectoria y su fallo será inapelable.
14. Una vez emitido el fallo, el jurado se comunicará con el/los participantes/s ganador/es para darle/s a conocer el resultado al número telefónico que presente/n en conjunto con sus datos personales, asimismo, se anunciará a través de la página web de la Secretaría de Cultura: www.cultura.cdmx.gob.mx y otros medios de comunicación el viernes 1 de octubre de 2019.
15. Los poemarios recibidos serán destruidos una vez que se conozca el fallo del jurado y, por tanto, no serán devueltos a sus autores de acuerdo a los procedimientos legales y administrativos aplicables.
16. El jurado podrá declarar el premio desierto por la cantidad y calidad de los trabajos que concursen. En cuyo caso la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México destinará el monto del premio a actividades de estímulo a la creación literaria entre jóvenes de la Ciudad de México.
17. La participación en esta convocatoria implica la aceptación de todas sus bases. Cualquier caso no previsto será resuelto de común acuerdo por quienes organizan y miembros del jurado.
PREMIACION
18. El premio consiste en la edición del poemario ganador por parte de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, la suma de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.) y diploma de reconocimiento. Podrá haber uno o dos ganadores. En caso de empate el premio se dividirá en partes iguales. Si el ganador o uno de los ganadores resulta ser menor de edad, el premio en efectivo lo recibirá a través del padre o tutor que autorizó la participación del concursante.
19. La premiación tendrá lugar en el marco de la XIX Feria Internacional del Libro en el Zócalo de la Ciudad de México, en el mes de noviembre de 2019.
Mayores informes en la página web de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México www.cultura.cdmx.gob.mx, al correo: interinstitucional.cultura@gmail.com o al teléfono: 1719-3000, ext. 1446 o 1447
“Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales Sistema de Datos Personales de Fomento a la Diversidad y Equidad de Género. el cual tiene su fundamento en la Ley Orgánica De La Administración Pública Del Distrito Federal, Reglamento Interior de la Administración Pública Del Distrito Federal, Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México,, cuya finalidad es Integración de expedientes de los artistas y prestadores de servicios culturales en actividades y eventos culturales con instituciones públicas y privadas en torno al tema de la diversidad sexual y adulto mayor, a fin de realizar la difusión correspondiente, informes y establecer comunicación continua con los prestadores de servicios para las diferentes actividades a que son convocados así como efectuar el registro y/o aceptación de los documentos de las diferentes actividades de las convocatorias emitidas por la Coordinación Interinstitucional para el desarrollo de los servicios y espectáculos culturales prestados a la Secretaría de Cultura por parte de los profesionistas prestadores de servicios. y Podrán ser transmitidos a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos; Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México; Auditoría Superior de la Ciudad de México, para el ejercicio de sus funciones de Fiscalización; Órganos Internos De Control, Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos; Contraloría General de la Ciudad de México, Para la realización de auditorías o realización de investigaciones por presuntas faltas administrativas. Además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México.
Usted tiene derecho constitucional de Acceder y conocer los datos personales que poseemos y a los detalles del tratamiento y uso de los mismos, así como a Rectificarlos y corregirlos en caso de ser inexactos o incompletos; Cancelarlos y eliminarlos cuando considere que no se requieren para alguna de las finalidades señalados en el presente aviso de privacidad, o que estén siendo utilizados para finalidades no autorizadas por usted o haya finalizado la relación jurídica o de servicio, o bien, Oponerse al tratamiento de los mismos para fines específicos en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud.
Los mecanismos implementados para el ejercicio de sus Derechos ARCO, así como los plazos, información y documentación que debe contener su solicitud se especifican en el apartado de Derechos del Titular localizado en el título Tercero Capítulo II de la LPDPPSOCDMX.
El responsable del Sistema de datos personales es Jesús Benítez García y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es Av. de la Paz 26, planta baja, Chimalistac, Álvaro Obregón, México 01070. El interesado podrá dirigirse al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la, Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México al teléfono: 5636-4636; correo electrónico: datos.personales@infodf.org.mx o www.infodf.org.mx”
Firma de conocimiento
Costo NO APLICA
Horario:
- Lunes 10:00 a 15:00
- Martes 10:00 a 15:00
- Miercoles 10:00 a 15:00
- Jueves 10:00 a 15:00
- Viernes 10:00 a 15:00