TARJETA INFORMATIVA 11 DE AGOSTO

Publicado el 11 Agosto 2022

TI 025-22 SC/CPDC

Con relación a la nota titulada “Antros operan con fachada de centro cultural”, publicada el día de hoy, 11 de agosto de 2022, por el medio El Universal, la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México informa lo siguiente:

La Ley de Espacios Culturales Independientes de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial el 20 de noviembre del año 2020, crea esta figura, más no regula el funcionamiento de los establecimientos mercantiles. En su artículo segundo, establece que “En todo lo no previsto por esta Ley será de aplicación supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México, la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás legislación aplicable”.

El funcionamiento irregular de estos establecimientos, que no cuentan con ningún registro como Espacios Culturales Independientes, no tiene relación con la ley en cuestión, sino con las normas aplicables a todos los establecimientos mercantiles de la Ciudad de México y las autoridades competentes.

La Ley de Espacios Culturales Independientes no regula aforos, venta de bebidas alcohólicas y alimentos, así como programas de protección civil o permisos de funcionamiento, lo anterior con base en su Artículo 2 y Artículo 8 fracción V. La Secretaría de Cultura capitalina ha sostenido reuniones de trabajo con el Congreso de la Ciudad de México en torno a la necesidad de armonizar el marco legal de los Espacios Culturales Independientes.

Además, es necesario señalar que el reglamento propuesto por la Secretaría de Cultura está en proceso de revisión para su publicación en la Gaceta Oficial.

Por último, es importante aclarar que dentro de la Ley de Espacios Culturales Independientes no existe la figura de un comité de regulación como lo indica la nota en cuestión.