Convocatoria: Tercer Premio a la Creación Literaria en Lenguas Originarias, Centzontle 2018

Del 24 Febrero 2018 al 29 Junio 2018
Secretaría de Cultura Ciudad de México
Avenida de La Paz #26 Colonia Chimalistac. Código Postal 01070. Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México. Edificio Secretaría de Cultura CDMX.

Descripción del evento

Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente


Con fundamento en lo establecido en el artículo 32 Bis Fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México y 97 B del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.


La Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, a través de su Área de Asuntos Indígenas CONVOCA al


Tercer Premio a la Creación Literaria en Lenguas Originarias, Centzontle 2018


BAJO LAS SIGUIENTES BASES:

1. Podrán participar autores nacionales que hablen una lengua originaria, residentes en la Ciudad de México.

2. Los manuscritos concursantes no podrán haber sido premiados anteriormente ni podrán participar simultáneamente en otro concurso similar.

3. Los manuscritos deberán ser inéditos, escritos originalmente en alguna lengua originaria con traducción al español, de tema y forma libres, tanto en prosa como en poesía, con una extensión mínima de 20 y máxima de 60 cuartillas.

4. Los manuscritos deberán incluir en la carátula el título y el seudónimo del autor.

5. Los manuscritos deberán entregarse en un sobre cerrado a nombre del "Tercer Premio en Lenguas Originarias" Centzontle 2018, el título del manuscrito y el seudónimo del autor deberán anotarse en el sobre.

6. Los manuscritos deberán estar almacenados en un CD o USB, en formato PDF, tamaño carta y en tipografía Arial de 12 puntos. En la primera página deberá anotarse el título del manuscrito y el seudónimo del autor.

7. En el mismo sobre en el que se entregará la versión digital, deberá adjuntarse otro sobre cerrado rotulado con el título del manuscrito y el seudónimo. Dentro de este segundo sobre se incluirá una carta con los siguientes datos: nombre, apellido del autor, seudónimo, título de la obra, copia del acta de nacimiento o documento oficial que certifique la edad, domicilio, correo electrónico, números telefónicos y un párrafo firmado en el que el autor declara que el manuscrito es inédito, libre de derechos y que no esté registrado en el Instituto Nacional del Derechos de Autor, y que no se encuentra participando en otro concurso.

8. En el caso de los manuscritos entregados por correo postal o mensajería, la fecha del matasellos debe ser anterior al viernes 29 de junio 2018, fecha del cierre de la convocatoria.

9. No se aceptarán los manuscritos que sean enviados por correo electrónico.

10. Los manuscritos que se presenten sin observar estas condiciones serán descalificados por el jurado.

11. Los manuscritos deberán enviarse por correo postal o entregarse personalmente a:


"Tercer Premio a la Creación Literaria en Lenguas Originarias", Centzontle 2018

Secretaría de Cultura de la Ciudad de México

Área de Asuntos Indígenas

Avenida de la Paz número 26, 4º piso Colonia Chimalistac

Delegación Álvaro Obregón

C.P. 01070, Ciudad de México


12. El jurado estará integrado por escritores de lenguas originarias de reconocida trayectoria así como por un especialista en lenguas originarias, y su fallo será inapelable.

13. Una vez emitido el fallo, el jurado se comunicará con el ganador para darle a conocer el resultado, mismo que se anunciará durante la V Fiesta de las Culturas Indígenas, Pueblos y Barrios Originarios 2018 en conferencia de prensa y a través de la página web de la Secretaría de Cultura: http://www.cultura.cdmx.gob.mx

14. El manuscrito que resulte ganador será publicado por la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México y el autor recibirá la suma de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.) y un diploma de reconocimiento. Para el caso de empate, el premio será dividido entre los ganadores.

Una vez emitido el fallo por el jurado calificador, el ganador, o los ganadores, deberán dar de alta una cuenta bancaria con clave interbancaria para efectos de que les sea transferido el monto del premio obtenido, lo anterior de acuerdo a los lineamientos que les fije la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México.

15. El acto de premiación tendrá lugar en el marco de la XVIII Feria Internacional del Libro en el Zócalo 2018.

16. El ganador cederá a título gratuito a la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, los derechos de la primera edición de su manuscrito.

17. La presente convocatoria queda abierta a partir del día sábado 24 de febrero de 2018 y se cerrará el viernes 29 de junio de 2018 a las 15:00 horas.

18. Los manuscritos recibidos serán destruidos una vez que se conozca el fallo del Jurado y por tanto, no serán devueltos a los concursantes, de acuerdo a la normatividad en materia de archivos vigente.

19. El jurado podrá declarar desierto el “Tercer Premio a la Creación Literaria en Lenguas Originarias, Centzontle 2018”, en cuyo caso la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México destinará el monto del premio a actividades de estímulo a la creación literaria entre los jóvenes indígenas de la Ciudad de México.

20. La participación en esta convocatoria implica la aceptación de todas y cada una de sus bases. Los manuscritos que no cumplan con los requisitos serán descalificados. El fallo del jurado será inapelable. Cualquier caso no previsto será resuelto de común acuerdo por los organizadores y miembros del jurado.

Mayores informes en la página web de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México (http://www.cultura.cdmx.gob.mx) o al asuntosindigenascdmx@gmail.com


“Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales Sistema de Datos Personales del Fomento al Desarrollo Cultural Comunitario de la Ciudad de México, el cual tiene su fundamento en Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, Ley de Archivos del Distrito Federal, Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, Convenio de Colaboración para Fortalecer el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en el Distrito Federal, Reglas De Operación Del Programa De Apoyo A Las Culturas Municipales y Comunitarias PACMyC, Convenio de Colaboración que establece las Bases para la Operación del Programa PACMyC en el Distrito Federal, cuya finalidad es Contar con un  registro completo de colectivos comunitarios, artistas, talleristas, promotores sociales y culturales, de las diversas convocatorias y programas de la coordinación de vinculación cultural comunitaria, para jornadas de conferencias y talleres dirigidos a promotores sociales y culturales, para la generación de reportes estadísticos informes y apoyos económicos para garantizar la ejecución de los proyectos y programas de desarrollo cultural comunitario y Podrán ser transmitidos a Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos; Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; Auditoría Superior de la Ciudad de México, para el ejercicio de sus funciones de Fiscalización; Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales, para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos y Órganos Internos De Control, para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos. Además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

Los datos marcados con un asterisco (*) son obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite para la convocatoria “Tercer Premio a la Creación Literaria en Lenguas Originarias, Centzontle 2018”.

Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la Ley.

El responsable del Sistema de datos personales es Déborah Chenillo Alazraki, y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es Avenida de La Paz Número 26, planta baja, Col. Chimalistac, C. P. 01070, Del. Álvaro Obregón, Ciudad de México.

El interesado podrá dirigirse al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono: 5636-4636; correo electrónico: datos.personales@infodf.org.mx o www.infodf.org.mx”.



Costo No aplica

Horario:

Evento organizado por:

La Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, a través de su Área de Asuntos Indígenas

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